Reclamaciones y sentencias sobre tarjetas revolving: entendiendo la problemática, criterios del tribunal supremo y alternativas para usuarios

Las tarjetas revolving, un tipo de tarjeta de crédito que permite realizar pagos a plazos, han sido objeto de críticas y reclamaciones por parte de los consumidores debido a los elevados intereses que aplican, generando una deuda que puede prolongarse indefinidamente.
Visa tarjeta Imagen © ibeconomia 2023

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito que permiten pagar las compras a plazos, pero que aplican unos intereses muy elevados, desproporcionados. Esto hace que la deuda se alargue indefinidamente y que el usuario acabe pagando mucho más de lo que gastó.

Este tipo de tarjetas han sido objeto de numerosas reclamaciones por parte de los consumidores, que alegan que se trata de un producto abusivo, opaco y usurario. Los tribunales han dado la razón a muchos de ellos, declarando la nulidad de los contratos y obligando a las entidades financieras a devolver el dinero cobrado de más.

Las tarjetas revolving o con intereses abusivos, suponen una grave problemática para los consumidores, porque les atrapan en un círculo vicioso de endeudamiento que se eleva rápidamente, sin darse cuenta. Al pagar solo una cuota mínima cada mes, el capital pendiente se reduce muy poco y los intereses se acumulan, generando una deuda que crece exponencialmente.

Muchos usuarios desconocen el funcionamiento de este sistema y se ven sorprendidos por el aumento de su deuda, que puede llegar a superar varias veces el importe inicial prestado. Además, al tener una línea de crédito permanente, se fomenta el consumo irresponsable y se dificulta el ahorro.

Todo ello puede provocar graves consecuencias económicas, sociales y psicológicas para los afectados, que pueden verse abocados a la insolvencia y al embargo de sus bienes.

¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre las Tarjetas Revolving?

El Tribunal Supremo (TS) ha fijado algunos criterios para determinar cuándo un contrato de tarjeta revolving es nulo por usura. En su sentencia 258/2023, de 15 de febrero, el TS establece que el interés remuneratorio de una tarjeta revolving es usurario cuando supere en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de mercado que publica el Banco de España.

Así, por ejemplo, si el tipo medio de mercado es del 20%, el interés de una tarjeta revolving no podrá superar el 26%. Si lo hace, el contrato será nulo y el usuario solo tendrá que devolver el capital prestado, sin intereses ni comisiones. Esto dependerá del tipo de contrato, del año en el que se formalizó, y demás circunstancias concurrentes en cada caso. Por ello, puede que sea necesaria una asesoría profesional como la que ofrece Arriaga Asociados para tener más claridad y evitar cualquier sorpresa.

¿Qué otras vías de reclamación existen para las Tarjetas Revolving?

Existen otras formas para que los usuarios pueden reclamar, como la falta de transparencia de los contratos. Sucede cuando las entidades financieras no informaron adecuadamente a los clientes sobre las condiciones del producto, especialmente sobre el método de pago revolving, su funcionamiento y sus consecuencias económicas.

La falta de transparencia puede dar lugar a la nulidad del contrato o, al menos, a la eliminación de las cláusulas abusivas que perjudican al consumidor.

Así, se podrían eliminar los intereses desproporcionados, las comisiones injustificadas, los seguros de pago, los intereses de demora, etc., que se puede acreditar mediante la prueba documental (el contrato y los extractos de la tarjeta) y la prueba testifical (el testimonio del cliente y de los empleados de la entidad).

¿Cómo reclamar por una Tarjeta Revolving?

Lo más recomendable es dejar de usarla y cancelar el contrato, para evitar que la deuda siga creciendo. No obstante, en función de las circunstancias personales de cada uno no siempre es posible. Después, se puede solicitar a la entidad financiera un cuadro de amortización de la tarjeta, donde se detallen los pagos realizados, los intereses aplicados, el capital pendiente, etc.

A continuación, se puede presentar una reclamación extrajudicial ante el servicio de atención al cliente de la entidad, exponiendo los motivos de la disconformidad y solicitando la nulidad del contrato o la eliminación de las cláusulas abusivas, así como la devolución del dinero cobrado de más.

Si la entidad no responde o rechaza la reclamación, se puede acudir a la vía judicial, presentando una demanda ante el juzgado competente. Para ello, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho bancario y financiero, que pueda defender los derechos e intereses del consumidor.

 

 

 

 

 

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